La mayoría de las familias suelen encontrarse en una
situación un tanto angustiosa cuando les toca decidir el centro educativo de su
hijo, el cual, acaba de ser diagnosticado con una necesidad educativa especial
(NEE). Ante la noticia las familias suelen empaparse de información, cuanta más
mejor, para hacer elecciones, lo más fundamentadas posibles, que afectaran al
futuro de sus hijos. Pero si hay alguna pregunta a la que las familias
necesitan dar una respuesta es a la de ¿Centro Específico de Educación
Especial, Centro Ordinario o Aula Especializada? ¿Quién decide esto? ¡Voy a
ayudarte a despejar estas dudas!
ELECCIÓN DEL CENTRO: La
escolarización de los alumnos con NEE debe siempre basarse en los principios de
normalización e inclusión educativa. Esto significa que debemos elegir la
modalidad de escolarización más inclusiva en la medida de lo posible. La
valoración de los casos debe ser siempre individualizada puesto que dos
personas que puedan tener un diagnóstico muy parecido, hay multitud de factores
que puede hacer los casos muy diferentes. La escolarización en un centro Específico
de Educación Especial, debe de ser elegido siempre y cuando las necesidades de
la persona no puedan ser cubiertas en ninguna de las otras dos opciones (Aula
específica o Centro Ordinario). En los centros de Educación Especial se tendrá
el mismo currículo de referencia y se trabajará para la adquisición de las
mismas competencias básicas.
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y DICTAMEN DE ESCOLARIZACIÓN:
Esta evaluación puede realizarse en las Consultoras de Atención Temprana (CAT)
y por el Orientador/a de referencia de los Equipos de Orientación Educativa
Especializados pertenecientes a la Consejería de Educación. El proceso sería el
siguiente:
1.
El pediatra del Centro de Salud realiza las
recomendaciones derivando el caso a los Equipos Provinciales de Atención Temprana
(EPAT)
2.
Una vez reunido el EPAT y sabiendo que centro de
Atención Infantil Temprana le corresponde al niño, se le deriva para dar
respuesta lo antes posible.
En el proceso de escolarización,
cuando inician el primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años) se justifica la
existencia de un trastorno de desarrollo (adjuntando reconocimiento de
minusvalía o con un certificado que justifique que se está recibiendo
tratamiento en Atención Temprana).
Cuando se inicia el segundo ciclo
de Educación Infantil (3-6 años), una vez marcada la casilla de NEE, será el
equipo de Orientación Educativa (EOE) quien contacte con la familia Para
realizar la evaluación y emitir una orientación en la toma de decisión en
cuanto a la escolarización se refiere. EL EOE está formado por un equipo
multidisciplinar que:
1.
Realiza una evaluación psicopedagógica, es
decir, un conjunto de actuaciones encaminadas a recoger, analizar y valorar la
información sobre las condiciones personales del alumno/a, su interacción con
el centro escolar y familiar y su competencia curricular. Esta evaluación se
realiza en cualquier momento de la escolarización, especialmente al inicio de
la misma.
2.
Esta información servirá de pilar al Dictamen de
escolarización, un informe que concreta las necesidades educativas especiales,
las ayudas, apoyos y adaptaciones del currículo y se orienta sobre la modalidad
de escolarización más adecuada.
MODALIDADES DE ESCOLARIZACIÓN. El Decreto 147/2002, de
14 de mayo, por la que se establece la ordenación de la atención educativa de
los alumnos con NEE en centros ordinarios:
1.
Grupo
ordinario a tiempo completo: El alumno sigue el currículo de la clase
recibiendo adaptaciones de acceso al currículo como ayudas técnicas u otras
medidas de atención a la diversidad: refuerzo educativo, adaptaciones
curriculares poco significativas, trabajo en grupos flexibles, etc. Los equipos
educativos organizan el apoyo educativo específico, a cargo del mismo
profesorado que imparte las distintas áreas del currículo, de los maestros/as
de Pedagogía Terapeútica (PT) o Audición y Lenguaje (AL) o por ambos de forma
coordinada. Para complementar el apoyo, la acción se complementa con la ayuda
del Orientador y del profesorado especializado del centro, así como
monitores/as, educadores de Educación Especial cuando el alumno demande tareas
de asistencia, cuidados y supervisión.
2.
Grupo
ordinario con apoyos en periodos variables: El alumno requiere de apoyo
individualizado pero en mayor o menos medida puede participar en las
actividades de su grupo de referencia. El grado de participación dependerá de
las necesidades que presente el alumno, de las adaptaciones curriculares y de
los medios personales y materiales que precise. El alumno cursa el currículo de
referencia y se adapta tanto como el alumno precise. Dentro del aula, el
profesor adapta las actividades o realiza las comunes al resto del grupo. La
intervención sobre los aspectos más específicos se realiza en el aula de apoyo
por parte del profesorado de PT o AL.
3. Aula de educación especial/ Colegio de educación
especial: El alumnado requiere una
adaptación significativa y en grado extremo de los ámbitos y/ o áreas del
currículo oficial. Siempre y cuando sea posible, el alumno estará integrado en
los grupos ordinarios, especialmente en aquellas áreas que tenga más
posibilidades de relacionarse con el resto del grupo como las deportivas,
artísticas, lúdicas, recreativas, así como las del centro.
Los centros específicos de Educación Especial será la
opción para aquellos alumnos cuyas características y necesidades personales no
puedan darse en un centro ordinario en ninguna de las modalidades de las que
hemos hablado anteriormente. Recordemos que estos centros siguen el mismo
currículo que en centros ordinarios, pero con todas las adaptaciones que el
alumno pueda necesitar para asegurar su aprendizaje. La ratio alumno/ profesor
en estos centros es menor que en los colegios ordinarios.
Sin embargo, en estas modalidades encontramos una
organización diferente de la enseñanza:
1.
Periodo
de formación básica obligatorio, que toma como referente el currículo de
educación Infantil y Primaria, sin negar la posibilidad de tomar como referente
el primer ciclo de Educación Secundaria. Este periodo dura 10 años y se
organiza en tres ciclos:
a.
6-10 años
b.
10-13 años
c.
13- 16 años (si bien puede extenderse hasta los
18 años)
2. Periodo de formación para la transición a
la vida adulta y laboral, toma como referente las capacidades
relacionadascon la inserción laboral y la transición a la vida adulta. Tiene
una duración de 4 años, comenzando a los 16 hasta los 21. Para los alumnos que prolongaron
la formación básica hasta los 18, este periodo tendrá una duración de dos años.
Dentro de este periodo pueden impartirse programas de Cualificación Profesional
Inicial Específicos (PCPI) o bien Programas de Formación para la Transición a
la Vida Adulta y Laboral (PFTVAL)
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